SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2020-S1

Fecha: 19-Ago-2020

denegó

La Sala Constitucional Primera del departamento de Tarija, mediante Resolución 89/2019 de 11 de octubre, cursante de fs. 178 a 182 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) El derecho a impugnar no es irrestricto, sino que está sujeto y condicionado por el conjunto de disposiciones jurídicas vigente en cada Estado; ii) En el caso en análisis, dentro del proceso de desalojo, la pretensión procesal principal era precisamente el desalojo, constituyendo todo lo demás, aspectos accesorios que no atacan al fondo de la causa; por consiguiente, el auto apelado, no se trata de un Auto Definitivo como señala el accionante, sino de un auto interlocutorio y conforme a la normativa contenida en los arts. 344 y 254 del CPC, el accionante tenía solamente tres días para impugnarlo a través del recurso de reposición con alternativa de apelación, no siendo aplicable el principio de favorabilidad porque no hay norma en pugna para elegir la más favorable; y, iii Tampoco se vulneró el derecho a la defensa porque la parte tuvo en el proceso toda la posibilidad de ofrecer pruebas, presentar sus fundamentos; tampoco los principios de legalidad, de impugnación ni de reserva legal, porque nadie puede fundar indefensión basado en su propia torpeza.