SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2020-S1

Fecha: 19-Ago-2020

naturaleza jurídica del indicado Auto de 30 de enero de 2019, es la de un auto interlocutorio,

           En primer término, se establece que el Auto de 30 de enero de 2019, que fue objeto de recurso de apelación por parte del ahora accionante, resolvió en ejecución de sentencia, un incidente de nulidad procesal, dentro de un proceso de desalojo que cuenta ya con fallos ejecutoriados. De ello se infiere que la naturaleza jurídica del indicado Auto de 30 de enero de 2019, es la de un auto interlocutorio, en observancia del art. 210 del CPC, toda vez que se pronuncia sobre una cuestión accesoria al objeto principal del proceso; no resuelve ni se pronuncia sobre el fondo de la causa principal y menos pone fin al proceso, tal como se explicó ampliamente en el Fundamento Jurídico III.2.1 de la presente sentencia constitucional. Las Vocales demandadas, adoptaron este entendimiento y fundamentaron correctamente que el auto apelado tiene carácter de auto interlocutorio, y no es un auto definitivo como afirma erróneamente el accionante en su recurso de compulsa.