SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2020-S1

Fecha: 19-Ago-2020

la resolución que resuelve un incidente en ejecución de sentencia

                                        En el caso de la resolución que resuelve un incidente en ejecución de sentencia, -al ser un auto interlocutorio, que no pone fin al litigio ni hace imposible su continuación, como sucede con los autos definitivos-, procede su impugnación, conforme prevé el art. 344.I. del CPC, a través del recurso de reposición con alternativa de apelación; norma que se complementa con lo dispuesto por el art. 253.I del mismo cuerpo legal que señala que contra las providencias y autos interlocutorios, procede el recurso de reposición, con objeto de que la autoridad judicial, advertida de su error, los modifique, deje sin efecto o anule; señalando en su parágrafo II que este recurso podrá plantearse en cualquier momento del proceso, inclusive en ejecución de sentencia, si la naturaleza de lo resuelto lo permite. Por su parte, el art. 254.V del citado CPC, estipula que “La apelación contra los autos interlocutorios podrá ser alternativa del recurso de reposición, debiéndose deducir ambos recursos de manera conjunta”.