Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2020-S2
Fecha: 14-Sep-2020
1° CONCEDER
1° CONCEDER la tutela solicitada, ante la insuficiente motivación y arbitraria omisión valorativa de prueba respecto al peligro procesal contenido en el art. 234.1 del Código de Procedimiento Penal en su elemento domicilio, observado en el Auto de Vista 120 de 10 de mayo de 2019, emitido por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Santa Cruz; y,
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- para adoptar la decisión de aplicar la detención preventiva, de una parte, está obligado a verificar y determinar
- está obligado igualmente a dictar una resolución debidamente fundamentada sobre la necesidad de aplicar dicha medida cautelar de carácter personal
- no sólo alcanza al juez cautelar, sino también al tribunal que conozca en apelación la resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares,
- concluye que la fundamentación de las resoluciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- el actor debe agotar los mecanismos de impugnación intraprocesales previo a la activación de la acción de libertad
- 2)
- 3)
- 4)
- 6)
- 7)
- i)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- 234.1
- Fragmento 27
- Fragmento 28
- en cuanto al elemento domicilio
- REVOCAR
- 1° CONCEDER