SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2020-S2

Fecha: 22-Sep-2020

II.1.

II.1.  El 27 de junio de 2018, la Gerencia GRACO La Paz del SIN, mediante la Resolución Determinativa 171829000867, procedió a la determinación de oficio sobre base cierta que devino de la Orden de Verificación 0015OVE08955 -que comprendía el crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de facturas observadas y detalladas en la precitada orden- y la Vista de Cargo 291829000081 CITE: SIN/GGLPZ/DF/SVE/VC/83/2018 de 26 de marzo de 2018; por lo que, se declaró: a) La inexistencia de tributo omitido en el IVA por los periodos agosto y septiembre de 2013; b) Se determinó de oficio por conocimiento serio las obligaciones del contribuyente GRAFTEC Ltda. -ahora accionante-, correspondientes a los periodos fiscales de abril, mayo, junio, julio, octubre, noviembre y diciembre de 2013; y, c) Calificada la conducta del contribuyente como omisión de pago, se sancionó con la multa pertinente por abril, mayo, junio, julio, octubre, noviembre y diciembre de 2013; asimismo, se sancionó el Incumplimiento de Deberes Formales -por entrega parcial de la información durante el procedimiento de verificación- (fs. 101 a 112).