SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2021-S3

Fecha: 06-May-2021

vi)

vi) No se mencionó en ningún momento al Acuerdo Regulador de Divorcio presentado en audiencia tal como consta en el acta de la misma, el cual en su cláusula tercera expresa la voluntad de las partes de divorciarse así como la disposición de bienes gananciales, siendo un documento público suscrito en la vía voluntaria notarial. Documento que debió ser considerado como cosa juzgada y por ende homologado.

Conforme al análisis precedentemente realizado, se infiere que las autoridades accionadas dieron respuesta todos y cada uno de los puntos de la apelación formulada por el entonces demandado, sin apartarse de los mismos como señala la hoy accionante, en cuyo mérito no se advierte que hubieran incurrido en incongruencia entre el recurso de apelación planteado y el Auto de Vista 015/2020.