SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2021-S3
Fecha: 14-Jul-2021
1)
La empresa accionante a través de sus abogados en audiencia ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción de amparo constitucional, y ampliándolo, manifestó que: 1) Es una empresa ecuatoriana que celebró un contrato con el Estado Plurinacional de Bolivia para la construcción de la carretera Yucumo-San Borja del departamento de Beni. Como emergencia de dicho contrato, se subcontrató a la empresa ahora tercera interesada para que realice algunas obras dentro de la carretera; no obstante, a raíz de ciertas divergencias se resolvió el contrato principal de construcción con la ABC; por lo tanto, también se concluyó la relación contractual con la empresa ahora tercera interesada. Emergente de ello, surgieron controversias que derivaron en el proceso arbitral y la emisión del Laudo Arbitral 03/19, cuya nulidad se solicitó en instancia judicial; y, 2) La Jueza hoy accionada vulneró los principios de congruencia y pertinencia, al fallar estableciendo la inexistencia de vulneración del derecho a la defensa, cuando todo el recurso de nulidad de laudo arbitral se fundó a partir de la vulneración al orden público, excediendo de esa manera lo estrictamente pedido.
La empresa accionante a través de su representante legal, denuncia que la Jueza ahora accionada emitió la Resolución 494/2019 de 3 de octubre, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra el Laudo Arbitral 03/19 de 15 de julio y el Laudo Arbitral de Enmienda, Complementación y Aclaración 02/19 de 2 de agosto, ambos del mismo año, vulnerando sus derechos: 1) Al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación, congruencia y pertinencia de las resoluciones; y, 2) A la defensa procesal. Además denunció la “vulneración de la legalidad ordinaria”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1
- vulneró el derecho a la defensa
- a) El debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación, congruencia y pertinencia
- Primer motivo
- falta de correspondencia entre los argumentos del recurso de nulidad de laudo arbitral y la Resolución 494/2019 que lo resuelve
- b) Vulneración de la legalidad ordinaria
- I.1.2
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- debido proceso
- III.1.
- Fragmento 19
- por incongruencia aditiva, en virtud de la cual, la autoridad jurisdiccional o administrativa, falla adicionando o incorporando elementos no peticionados o no discutidos por las partes en el decurso de la causa
- III.2. Marco jurisprudencial acerca del recurso de nulidad de laudo arbitral
- en cuanto se refiere al Laudo Arbitral que emita el Tribunal Arbitral, la Ley sólo ha previsto el recurso de anulación, así establece la norma prevista por su art. 62 LAC cuando dispone que ‘Contra el laudo dictado por el Tribunal Arbitral sólo podrá interponerse recurso de anulación (...)’
- la naturaleza jurídica de los procesos arbitrales que restringe al máximo la intervención judicial, y está inserta en la excepción legal por la que la ley proclama la irrecurribilidad en algunos asuntos sometidos a su jurisdicción, reduciendo la tramitación de la excepción de arbitraje a una única y última instancia, sin lugar a mayores recursos
- la potestad del juez de partido en lo civil
- si se la introdujo en nuestro arreglo jurídico con algunas variantes, reconociéndose en la legislación actual el derecho a impugnar pero en un sentido estricto a fin de corregir vicios o irregularidades en los actos arbitrales
- restringiendo la efectividad de dichas causales a irregularidades adjetivas o errores dentro del proceso y solo las tasadas en la merituada disposición, mas no a irregularidades sustantivas, toda vez que se trata de un mecanismo de control judicial del procedimiento arbitral
- el orden público cubre lo que tradicionalmente se denomina como debido proceso
- por lo tanto, la contradicción entre el laudo y el orden público, debe ser obvia con un simple análisis superficial
- Antecedentes previos
- Contenido del recurso y la resolución correspondiente
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- viii)
- verificar si existe ciertamente alguna o algunas de las causales establecidas por ley que hagan procedente tal recurso
- CONFIRMAR en parte