SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2021-S3

Fecha: 14-Jul-2021

b) Vulneración de la legalidad ordinaria

b) Vulneración de la legalidad ordinaria, la cual puede ser impugnada en una acción de amparo constitucional siempre que se cumplan dos requisitos. El primero, que se explique por qué la labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda, ilógica o con error evidente. Sobre el particular, la voluntad del legislador fue diferenciar la causal 2 del art. 112.I de la LCA -laudo contrario al orden público- de la causal 3 inc. b) -afectación al derecho a la defensa- del citado artículo; por lo que, resulta arbitrario que la Jueza hoy accionada declare improcedente el recurso de nulidad planteado contra el Laudo Arbitral 03/19 y el Laudo Arbitral de Enmienda, Complementación y Aclaración 02/19 por no fundamentarse las vulneraciones al “principio” a la defensa, cuando la causal invocada es la transgresión al orden público, respecto a la cual no se pide al "tribunal" que se constituya en una instancia de interpretación, sino que corrija la arbitrariedad de pretender que para fundamentar la nulidad por vulneración al orden público deba argumentarse sobre vulneraciones del derecho a la defensa, lo cual resulta absurdo y contrario al espíritu y texto de la citada norma. El segundo, que se precise los derechos o garantías constitucionales que fueron vulnerados por el intérprete y el nexo de causalidad entre estos y la interpretación impugnada. Con relación a lo anterior, la Resolución 494/2019 al confundir las causales de nulidad de vulneración al orden público con la lesión al derecho a la defensa, actuó de manera arbitraria privándole de su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, coherencia y pertinencia.