SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2021-S3

Fecha: 14-Jul-2021

iv)

iv)     A partir del Considerando II, la autoridad jurisdiccional arriba a las siguientes conclusiones: a) Los argumentos de las causales de nulidad contenidos en el recurso de nulidad son expuestos de forma genérica, de modo tal que de manera dispersa se hace cita de los Arts. 111 y 112.2 de la Ley 708; sin realizar una adecuada subsunción de las mismas a los supuestos de hechos previstos en las causales invocadas; y, b) FOPECA S.A., debió tener presente que los “hechos relevantes” en los que sustenta la nulidad debieron ser identificados y desarrollados en miras a justificar que el laudo arbitral y su complementario eran contrarios al orden público “…y que se vulneró el derecho a la defensa durante la tramitación del procedimiento arbitral, exponiendo los motivos concretos por los cuales sería contrario al orden público y cómo se vulnero el derecho a la defensa y en qué momento del procedimiento arbitral…” (sic).