SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2021-S2

Fecha: 26-Jul-2021

en las áreas rurales carentes del sistema de recaudación bancaria

Posteriormente, con el DS 12024 de 6 de diciembre de 1974, se reorganizaron las Colecturías; norma que a su vez, fue abrogada mediante DS 22234, que aprobó el Manual de Colecturías de la Renta Interna, con la finalidad de control y percepción de tributos fiscales conforme al nuevo régimen impositivo en las áreas rurales carentes del sistema de recaudación bancaria. En tal sentido, la entonces Dirección General de la Renta, actualmente SIN, en ejercicio de su facultad normativa prevista en el art. 127 del Código Tributario Boliviano abrogado (CTB abrg), emitió la Resolución Administrativa (RA) 05-274-86 de 26 de diciembre de 1986, que entre otras cosas dispuso que la presentación de declaraciones juradas y el pago de los impuestos emergentes de la Ley de Reforma Tributaria (como el Impuesto a las Utilidades de las Empresas) así como lo percibido por los agentes de retención; deberán efectuarse indefectiblemente en las entidades bancarias autorizadas.