SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2021-S2

Fecha: 26-Jul-2021

i)

El accionante acusó que se lesionó su derecho al debido proceso en sus vertientes de valoración de la prueba, motivación y suficiente fundamentación; y, el principio de verdad material; en razón a que, la Sentencia 1, fue confirmada en grado de apelación mediante Auto de Vista 92 emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, mediante el Auto de Supremo 103, se declaró infundado su recurso de casación manteniendo la sanción impuesta, sin valorar los argumentos y pruebas aportadas e incurriendo en una falta de fundamentación en su pronunciamiento, las autoridades demandadas: i) Se limitaron a indicar de forma general que el SIN cumplió con su obligación de motivar y fundamentar sus resoluciones, sin explicar cómo; y, sin tomar en cuenta la verdad material, pues la entidad edil actual presentó las declaraciones juradas extrañadas en las colecturías de los municipios de Yapacani, Comarapa, Buena Vista y Mairana, debido a que como entidad territorial autónoma tiene jurisdicción departamental y no municipal; y, ii) De forma equívoca concluyeron que la ex Prefectura de Santa Cruz, ahora Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, tenía dos tipos de jurisdicción, una administrativa y otra tributaria, restringiendo el ejercicio de su jurisdicción al municipio; además, eliminaron “…de facto las colecturías por carecer de una utilidad…” situación que llamaba su atención, carecía de fundamento y denotaba una errónea interpretación normativa que lesionó -según afirman- su derecho al debido proceso.