Auto Supremo AS/0136/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0136/2014

Fecha: 28-Abr-2014

La apreciación sobre el fundamento de que: tanto el Presidente Ejecutivo, Gerentes y Directorio -René

La apreciación sobre el fundamento de que: tanto el Presidente Ejecutivo, Gerentes y Directorio -René Navajas Mogro, Luís Ramiro Arce Salcedo, Roberto Gisbert Bermúdez, Ricardo Arcil Menacho Ríos y Freddy Heinrich Balcazar, miembros del Directorio de la Empresa Nacional de Ferrocarriles- adjudicaron bienes por precios inferiores al valor catastral; dicho fundamento no fue apreciado en su real dimensión, por no decir MAYOR GRAVEDAD del hecho -artículo 37 párrafo primero, parte segunda inicial (mayor gravedad) del Código Penal-, en la labor de aplicar y fijar las penas. Pues se tiene, en particular y de la parte de los “antecedentes” descritos en la sentencia, que, “ENFE Residual” fue concebida principalmente para la administración y liquidación de los bienes no afectados al servicio público ferroviario, hasta la enajenación total de los bienes, enajenación que no podía ser inferior al valor catastral y siempre precautelando el mejor interés para el Estado. Por lo que corresponde incrementar las penas hasta su máximo