Auto Supremo AS/0136/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0136/2014

Fecha: 28-Abr-2014

Tal como se mencionó anteriormente, se debe tener en cuenta que en un contrato de

Tal como se mencionó anteriormente, se debe tener en cuenta que en un contrato de venta, la transferencia de la propiedad opera en el instante mismo en que los contratantes (vendedor y comprador) se ponen de acuerdo en la cosa vendida y en el precio, lo cual implica que la adquisición del dominio sobre el bien inmueble objeto de la venta se produce con el sólo consentimiento de los contratantes, sin necesidad de formalidad alguna, pues el artículo 521 del Código Civil establece que en los contratos que tienen por objeto la transferencia de la propiedad de una cosa determinada, la transferencia tiene lugar por efecto del consentimiento, salvo el requisito de la forma en los casos exigibles