Auto Supremo AS/0229/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0229/2014-RRC

Fecha: 09-Jun-2014

2) Precisan como segundo agravio que, el Auto de Vista impugnado incumplió los arts


1) En primer término denuncian que, el Tribunal de alzada resolvió sólo siete de los ocho puntos apelados por el imputado en su recurso de apelación restringida, reconociendo esta omisión a “fs. 58”, incurriendo en contradicción al admitir un motivo y luego indicar en el Auto de Vista impugnado, que no lo es; lo que señalan, vulnera la garantía del debido proceso, el derecho a la defensa y el principio de seguridad jurídica, invocando al efecto, como doctrina legal aplicable, la contenida en el Auto Supremo 172/2012-RRC de 24 de julio.

2) Precisan como segundo agravio que, el Auto de Vista impugnado incumplió los arts. 398 y 408 del CPP, al resolver algunos motivos de la apelación restringida del imputado, con los fundamentos de otros, por cuanto a “fs. 39”, al pronunciarse sobre el segundo motivo, referido a: “(Sentencia basada en inobservancia o errónea aplicación de la Ley Sustantiva)” (sic), el Tribunal de apelación acudió a los mismos fundamentos que utilizó para resolver el primer motivo. En ese contexto, denuncian de ilegal el hecho de que en el Auto de Vista impugnado se señale que: “Todos los fundamentos expuestos a momento de resolver el primer motivo, en lo pertinente valen para el presente” (sic), y que éste hecho fue repetido simultáneamente en los motivos “III, IV, V, VI y VII” (sic)