Auto Supremo AS/0229/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0229/2014-RRC

Fecha: 09-Jun-2014

Precisado el precedente, es menester señalar respecto a la falta de fundamentación, que la Constitución


Precisado el precedente, es menester señalar respecto a la falta de fundamentación, que la Constitución Política del Estado, reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts. 115.II y 117.I y 180.I; siendo así que, la garantía del debido proceso contiene entre uno de sus elementos la exigencia de la fundamentación y motivación de las resoluciones, lo que significa que el juzgador al emitir el fallo debe resolver los puntos denunciados, mediante el conjunto de razonamientos de hecho y de derecho en los que apoya su decisión; fallo que debe ser: expreso, claro, completo, legítimo y lógico; exigencia que también se halla establecida en el art. 124 del CPP