Auto Supremo AS/0830/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0830/2015-RRC-L

Fecha: 20-Nov-2015

Respecto a la falta de fundamentación del voto disidente de los Jueces Ciudadanos, el art


Respecto a la falta de fundamentación del voto disidente de los Jueces Ciudadanos, el art. 359 del CPP señala que "las disidencias deberán fundamentarse expresamente por escrito” (sic), y el artículo 360 inc. 3) del mismo compilado procesal penal que "el voto de los miembros del Tribunal sobre cada una de las cuestiones de hecho y derecho que se fundan"(sic)