Auto Supremo AS/0830/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0830/2015-RRC-L

Fecha: 20-Nov-2015

También, se tiene del memorial de apelación restringida, que los apelantes denuncian el mismo motivo


También, se tiene del memorial de apelación restringida, que los apelantes denuncian el mismo motivo ahora reclamado, adjuntando un disco compacto correspondiente al juicio oral, en el que, supuestamente, se advertiría la restricción alegada por parte del Tribunal de primera instancia, que en aplicación del art. 410 del CPP, las autoridades de alzada convocaron a las partes a una audiencia de fundamentación; empero, mediante memorial presentado el 26 de julio de 2011, los acusadores particulares, de manera expresa solicitaron prescindir de dicho actuado procesal, impidiendo a la utilización y consideración de la prueba; toda vez, que el actuar del Tribunal de alzada consiste en el cumplimiento de la ley y evitar la errónea aplicación de la misma; más no le es posible, actuar de oficio ante denuncias no respaldadas y retiro de actos que hubiesen permitido acreditar los fundamentos de su apelación