Auto Supremo AS/0291/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291/2015-RRC-L

Fecha: 15-Jun-2015

* Por otra parte, el abogado Jaime Vladimir Jiménez Vidaurre, como defensor de Irineo Limachi


* Por otra parte, el abogado Jaime Vladimir Jiménez Vidaurre, como defensor de Irineo Limachi Quispe, adjuntando acta de conciliación supuestamente suscrito en el despacho Fiscal del Dr. Luís A. Yutrinic Cabezas, solicitó la extinción de la acción penal por conciliación a la Juez Instructor Cautelar 1º en lo Penal de esta capital, mediante escrito de fecha 14 de diciembre de 2006, presentado el 15 de diciembre del mismo año a hrs. 10:20.- memorial que mereció el decreto de fecha 19 de diciembre de 2006, donde se le conmina al imputado adecuar su solicitud a las reglas del Cód. de Pdto. Penal; toda vez, que la extinción de la acción penal por conciliación corresponde a una salida alternativa que ya fue intentada y no prosperó; ese decreto pronunciado por la Dra. Elizabeth Arismendi Chumacero, originó que a Dra. Victoria Fuertes Flores, Fiscal de Materia, se dirija ante el Sr. Director Distrital del Consejo de la Judicatura, con la suma queja formal, fundamentando retardación de justicia y solicitando en definitiva que se inicie la acción administrativa que corresponda en contra de la Dra. Elizabeth Arismendi Chumacero, Juez de Instrucción y Cautelar 1º en lo Penal, reservándose el derecho de iniciar acción penal; proceso disciplinario que se sustanció contra la referida autoridad, y que mereció la resolución disciplinaria correspondiente a la denuncia Nº 001/2007 de fecha 21 de marzo de 2007, en el que se resolvió declarar probada la denuncia y la sanción de suspensión en el ejercicio de funciones por un mes sin goce de haberes de la autoridad denunciada Dra. Elizabeth Arismendi Chumacero