Auto Supremo AS/0291/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291/2015-RRC-L

Fecha: 15-Jun-2015

Refiere como consecuencias emergentes de las dos actas de audiencias de conciliación, las siguientes


Que, en cuanto a la existencia de las dos actas, estableció que ambas son similares en cuanto a redacción, tipo de letra y ambas fueron utilizadas en actuados judiciales; la suscrita por Victoria Fuertes, en el requerimiento conclusivo de conciliación presentado por el fiscal Dilver Campana; la suscrita por Luis “Yutronich”, en el incidente de extinción de la acción por conciliación, presentado por Irineo Limachi a través de su abogado, Vladimir Jiménez; ambos ante el Juzgado Primero de Instrucción Cautelar en lo Penal.

Refiere como consecuencias emergentes de las dos actas de audiencias de conciliación, las siguientes:

› Que respecto al acta en la que figura la firma del fiscal Luis “Yutronich”, de forma inicial se atribuyó la autoría del delito de Falsedad Materia a Victoria Fuertes Flores, con la agravante establecida en el último párrafo del artículo 199 del CPP, así como la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado; que concluida la declaración de Ariel Vicente Córdova flores, en el que se auto incriminó por la comisión del delito de falsedad material, el Ministerio Público retiró la acusación por el delito de Falsedad Material, con agravante de funcionario público, y dejo subsistente el delito de Uso de Instrumento Falsificado