Auto Supremo AS/0295/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2015-RRC-L

Fecha: 17-Jun-2015

2) En el punto 3 del Considerando IV se reconoce que hubo falsedad con referencia


2) En el punto 3 del Considerando IV se reconoce que hubo falsedad con referencia a las notificaciones presuntamente efectuadas por el funcionario policial Walter Nicolás Cortez, y luego, de forma contradictoria, se le resta valor a la prueba que demuestra inicialmente tal convicción, mediante un razonamiento confuso. El Tribunal de Sentencia no expresa cuáles son los fundamentos para asumir que existió duda razonable, sólo se apoya en malabarismos artificiosos; hecho que constituye defecto de la sentencia y vulneración del art. 370 incs. 5) y 6) del CPP (fundamentación insuficiente y contradictoria y valoración defectuosa de la prueba), contradiciendo el precedente contenido en el Auto Supremo 724 de 26 de noviembre de 2004