Auto Supremo AS/0295/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2015-RRC-L

Fecha: 17-Jun-2015

En relación al primero de los motivos denunciados por los recurrentes, admitido por este


En relación al primero de los motivos denunciados por los recurrentes, admitido por este Tribunal, en el cual, alegan que el recurso de apelación restringida planteado por el Ministerio Público, fue interpuesto sin la debida fundamentación y con una redacción entreverada, y no obstante que el Tribunal de alzada reconoce dicha falencia en el propio Auto de Vista, en vez de haber concedido el plazo de tres días dispuesto por el art. 399 del CPP, para su subsanación, resolvió ingresar al fondo de la impugnación y anular la Sentencia apelada, no sin antes reconocer que hizo un esfuerzo supremo para entender lo que se pretendía; lo que a decir de los impugnantes, implica defecto absoluto contenido en el art. 169 inc. 3) del CPP, por vulneración del debido proceso, infringiendo lo prescrito por el art. 408 del citado cuerpo legal