Auto Supremo AS/0295/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2015-RRC-L

Fecha: 17-Jun-2015

Con relación a lo cual, sostienen los Vocales que si bien se afirma que los


Con relación a lo cual, sostienen los Vocales que si bien se afirma que los documentos generados y relativos a las resoluciones municipales, así tuvieran un mismo número, en realidad se referirían a dos aspectos diferentes y ambas fuesen auténticas. Si ello fuera así, no se entiende por qué la pregunta de cuál fuese original o cual una copia. O por el contrario, como también resulta del entendimiento que surge del fallo, parece decirse que para que un documento sea reputado de falso necesariamente debería haber otro original o auténtico, de modo que cotejando ambos se pudiese llegar al convencimiento de que alguno es fraudulento. Procediendo, a continuación a realizar un análisis doctrinal de lo que implican los tipos penales denunciados, concluyendo que en este caso, el documento en sí, resulta verdadero, de manera que no habrá menester de otro original; lo que pasa es que en este único documento se insertaron o hicieron insertar declaraciones falsas