Auto Supremo AS/0787/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0787/2016-RRC

Fecha: 12-Oct-2016

El acusado actuó con alevosía al matar a Natalia Muñoz Muruchi; toda vez, que si


El acusado actuó con alevosía al matar a Natalia Muñoz Muruchi; toda vez, que si bien Natalia fue al encuentro con Luis Fernando Palacios Guerra, lo hizo en la confianza de que éste sólo se iba a despedir de ella, tal es así que Natalia le dijo a su amiga Sandra Gamarra que iba a volver; sin embargo, nunca más volvió, confianza que se basaba en una antigua relación sentimental de enamorados, que por la diferencia de edad entre el acusado Fernando Palacios y Natalia esta era mucho más vulnerable, sensible y asequible a las peticiones realizadas por el acusado, el trato frecuente por celular que mantenía con el acusado y el afecto que sentía por Luis Fernando Palacios Guerra, el cual aprovechando estas circunstancias actuó sobre seguro; es decir, que la víctima en ningún momento podía pensar que su ex-novio le iba a quitar la vida, más aún cuando la llevo por inmediaciones de la casa de su padre Juan Carlos Muñoz Rosas, con el que vivía junto con la esposa de su padre y sus hermanos, encontrándose desprevenida e incapaz de defenderse, circunstancias que fueron bien aprovechadas por el acusado para agredirla y luego matarla, en clara desventaja por la contextura física entre él y la víctima. En ese sentido Fernando Villamor Lucía, en su libro Derecho Penal Boliviano, Parte Especial Tomo II, Pág. 171, citando como fuente de consulta a Carrara, éste autor internacional señala: ‘‘Hay ocultación moral cuando el enemigo ha escondido su ánimo hostil, simulando amistad o disimulando amistad o disimulando su enemistad. Del enemigo que nos asalta amenazante podemos ponernos en guardia y con frecuencia logramos defendernos; pero es imposible precavernos del enemigo que se nos acerca con la sonrisa de los labios. Esta diferencia nos la revela la sensibilidad moral, por el dolor más intenso que nos causan las traiciones de los amigos, respecto a las ofensas de los que conocemos como enemigos, lo cual es efecto de un mayor peligro que, por la mayor alarma que produce, se convierte en un criterio político. Este es el homicidio que se llama con alevosía y que en las legislaciones antiguas y aún en algunos códigos contemporáneos, se ha tenido cuidado de designar expresamente entre los homicidios calificados’ (sic) (el subrayado es nuestro)