Auto Supremo AS/0435/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Bajo estos parámetros se concluye, no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de

Bajo estos parámetros se concluye, no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en el fondo de fs. 258 a 260, interpuesto por Waldo Moscoso Cortés, en representación de la Empresa Minera Careaga Alurralde Ltda., al carecer de sustento legal, corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271. 2), 273 del CPC-1975, y 220.II del CPC-2013, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT