Auto Supremo AS/0435/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2016

Fecha: 05-Dic-2016

En relación a las declaraciones de: Daysi Careaga Alurralde de Cors y Yolanda Vivian Careaga

En relación a las declaraciones de: Daysi Careaga Alurralde de Cors y Yolanda Vivian Careaga Alurralde, conforme se desprende del considerando tercero de fs. 254 de obrados, del Auto de Vista impugnado, las mismas fueron objeto de tacha relativas por parte del demandante, de conformidad al art. 171 del CPT; en consecuencia, el Juez a quo cumpliendo lo dispuesto en el art. 446.2) del CPC-1975, norma supletoria en su aplicabilidad por mandato del art. 252 del CPT; siendo así, no se tomó en cuenta y prescindió de las mismas, por ser evidentes las tachas relativas interpuestas; cuya decisión fue confirmada por el Auto de Vista recurrido, en función a la normativa antes señalada y efectuando una valoración conjunta y armónica con los demás medios de prueba