Auto Supremo AS/0435/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Sobre el punto 1; el demandante hoy recurrente, señaló que corresponde el pago de la

Sobre el punto 1; el demandante hoy recurrente, señaló que corresponde el pago de la multa del 30% fijado por el Juez a quo, pago que el Tribunal de Alzada no ha sancionado, en razón a que la empresa demandada, habría depositado oportunamente ante la Jefatura del Trabajo; determinación que según el recurrente no tendría fundamento ni respaldo jurídico; puesto que en el caso presente, sólo se pagó parcialmente los derechos laborales, debiendo haberse aplicado los principios indubio pro operario y de proteccionismo, dispuesto en el art. 3. g) y j) del CPT