Auto Supremo AS/0435/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2016

Fecha: 05-Dic-2016

I



I.2. Auto de Vista
Contra la Resolución de primera instancia, Waldo Moscoso Cortés, en representación de la Empresa Minera Careaga Alurralde Ltda., interpuso recurso de apelación de fs. 208 a 211; la respuesta de fs. 214 a 216; asimismo, de fs. 219 a 221 de obrados, el demandante Guillermo Antonio Alvarado Laura, interpuso recurso de apelación contra la referida Sentencia; así la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante Auto de Vista N° 23/2016 de 24 de febrero (fs. 250 a 255), resolvió confirmar parcialmente la Sentencia apelada de fs. 201 a 205 de obrados, con la modificación de no haber lugar al pago de la multa del 30% con actualización, por haberse pagado oportunamente los beneficios sociales y, el descuento en ejecución de sentencia del monto que corresponde al aporte a la AFP-Previsión del incremento retroactivo; sin costas.
I.3. Motivos de los recursos de casación
Contra el Auto de Vista enunciado, ambas partes formularon recurso de casación en el fondo, que en lo sustancial de sus contenidos, acusaron lo siguiente:
I.3.1. Recurso de casación, interpuesto por Waldo Moscoso Cortés, en representación de la empresa Minera Careaga Alurralde Ltda