Auto Supremo AS/0435/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Solicitó se tome en cuenta lo dispuesto en el art

Por otra parte, no se hace referencia a la confesión presunta de la empleadora; puesto que según los arts. 166 y 167 del CPT, ya no se requiere más prueba y que se debe dar por hecho y averiguados los puntos propuestos en el interrogatorio; en el caso de autos, se debió dar por hecho y averiguados los puntos: a), b) y c) del interrogatorio propuesto.
I.4.1. Petitorio
Solicitó se tome en cuenta lo dispuesto en el art. 211 del Código Laboral, puesto que, el recurso interpuesto por la parte empleadora, no reúne dicho requisito