Auto Supremo AS/0308/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

c) Con relación al reclamo de falta de enunciación del hecho objeto del juicio [art


b) La recurrente no específica ni fundamenta en qué consiste la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva y cual la aplicación correcta que se debió dar.

c) Con relación al reclamo de falta de enunciación del hecho objeto del juicio [art. 370 inc. 3) del CPP], de una revisión a la Sentencia se encuentra lo extrañado por la recurrente en la parte de “Enunciación de los hechos” y circunstancias que han sido objeto de juicio, aspectos que fueron desarrollados en dicho acápite; con relación a las pruebas presentadas en fotocopias simples, el reclamo es impertinente para fundamentar y probar este defecto de la Sentencia; en consecuencia, no se ha demostrado de forma objetiva de qué manera y cómo existe este defecto de Sentencia previsto por el inc. 3) del art. 370 del CPP, concluyendo que la base del juicio es la acusación particular la cual establece los hechos objeto de juicio