Auto Supremo AS/0308/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

e) Con relación al punto d) del recurso de apelación, la recurrente hace reclamo sobre


d) Con relación a la valoración de la prueba se advierte, que la apelante cuestiona errores relacionados con el análisis y valoración de la prueba, que generaría la responsabilidad de los acusados en la supuesta comisión de los delitos; sin embargo no se aclara de forma específica, cuál debería ser la valoración correcta o la que se pretendía.

e) Con relación al punto d) del recurso de apelación, la recurrente hace reclamo sobre el inc. 11) del art. 370 del CPP; sin embargo, es la Jueza A quo quien desarrolla el juicio oral, público y contradictorio, y es la única autoridad competente para determinar cuál es la correcta atribución típica y en consecuencia, realizar la subsunción adecuada de la conducta demostrada en juicio de un tipo penal establecido en la norma sustantiva; que en el caso presente la recurrente realiza reclamos a la circunstancia del hecho, valoración de determinada prueba, no siendo específico su reclamo relacionado al art. 370 inc. 11) del CPP