Auto Supremo AS/0308/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

“Las resoluciones, para ser válidas, deben ser motivadas


Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006, dentro del proceso penal seguido por la comisión de los delitos de despojo, perturbación de posesión, usurpación agravada y daño simple; en el cual, se anuló el Auto de Vista impugnado por que se evidenció omisiones, que vulnerarían el debido proceso y el derecho a la defensa denunciadas; por lo que, corresponde a los Tribunales velar la vigencia del principio de legalidad adjetiva que rige el orden de derecho, concluyendo el referido Auto Supremo que el Tribunal de alzada no ha cumplido con el art. 124 del CPP respecto a la debida fundamentación; generando así la siguiente doctrina legal aplicable.

“Las resoluciones, para ser válidas, deben ser motivadas. Esta exigencia constituye una garantía constitucional, no sólo para el acusado sino también para el Estado, en cuanto tiende a asegurar la recta administración de justicia