Auto Supremo AS/0591/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2016

Fecha: 07-Jun-2016

Empero, debe tenerse presente que la intención de dejar el trabajo ya había sido manifestada

Empero, debe tenerse presente que la intención de dejar el trabajo ya había sido manifestada mucho más antes al hecho ocurrido y debido a la no aceptación de su empleadora, permaneció en su fuente laboral, tal como refiere en sus propias entrevistas a las cuales se hizo referencia anteriormente (fs. 7, 15, 76, 146 vta.); ante tal situación, no es correcto que se le atribuya a la empleadora de haber generado la ruptura laboral, ni mucho menos despido alguno y si bien interpuso denuncia en contra de su trabajadora, pero esto fue horas después del abandono del hogar laboral