VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 591/2016 Sucre: 07 Junio 2016 Expediente: CH- 9 – 16 – S Partes: Lydia Flores Puma representada por Daniel Flores Suñiga c/ Sonia Flores
Sayago Proceso: Pago de beneficios sociales y derechos colaterales Distrito: Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 278 a 283 interpuesto por María Hortencia Edith Terán Alba de Nina en su condición de apoderada de la menor Lydia Flores Puma, contra el Auto de Vista Nº 417/2015 de 23 de diciembre, de fs. 270 a 272 y vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisa, dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derecho colaterales y maltrato, seguido por Daniel Flores Zúñiga en representación de su hija menor Lydia Flores Puma, contra Sonia Flores Sayago; sin respuesta al recurso de casación; el Auto de concesión de fs. 288 y demás antecedentes
Auto Supremo: 591/2016 Sucre: 07 Junio 2016 Expediente: CH- 9 – 16 – S Partes: Lydia Flores Puma representada por Daniel Flores Suñiga c/ Sonia Flores
Sayago Proceso: Pago de beneficios sociales y derechos colaterales Distrito: Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 278 a 283 interpuesto por María Hortencia Edith Terán Alba de Nina en su condición de apoderada de la menor Lydia Flores Puma, contra el Auto de Vista Nº 417/2015 de 23 de diciembre, de fs. 270 a 272 y vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisa, dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derecho colaterales y maltrato, seguido por Daniel Flores Zúñiga en representación de su hija menor Lydia Flores Puma, contra Sonia Flores Sayago; sin respuesta al recurso de casación; el Auto de concesión de fs. 288 y demás antecedentes
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs
- I
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 3
- 4
- La Constitución Política del Estado en su art
- En el ordenamiento jurídico nacional, el principio de primacía de la realidad se encuentra elevado
- Principio de equidad; este principio no debe ser entendido como una utilización benevolente de la
- De manera específica la equidad en el derecho del trabajo y en la justicia laboral,
- Principio de razonabilidad; este principio opera como filtro en la aplicación de interpretaciones “disvaliosas” de
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- (…)
- “Finalmente, en esta exposición del decurso de la doctrina relativa al principio de motivación y
- La recurrente denuncia incumplimiento del art
- Se debe tener presente que el proceso que nos ocupa ya anteriormente fue objeto de
- IV.2.- Recurso en el fondo
- La Juez A-quo al momento de emitir la Sentencia, tomó como salario promedio para realizar
- La empleadora al haber cancelado la remuneración mensual inferior al monto del salario mínimo nacional,
- Continuando con el análisis de los reclamos, se puede advertir que la recurrente también acusa
- Con relación a la denuncia de transgresión de normas legales, cuyo reclamo se encuentra resumido
- La Resolución Ministerial Nº 1073 de 27 de diciembre de 2010 a la cual hace
- Empero, recurriendo a los principios de razonabilidad y primacía de la realidad que se encuentran
- En cuanto al trabajo realizado en días domingos y feriados, se encuentra justificado legalmente el
- Acusa la vulneración y transgresión del art
- Empero, debe tenerse presente que la intención de dejar el trabajo ya había sido manifestada
- Los aspectos señalados hacen que la demandante no sea acreedora al pago de la indemnización
- Pide 9 horas extras por día, solo se otorga 2 horas extras por día conforme
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
