Auto Supremo AS/0602/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0602/2016

Fecha: 09-Jun-2016

Estando a la vez formulado recurso de casación en el fondo, a fin de resolver

Estando a la vez formulado recurso de casación en el fondo, a fin de resolver los mismos, será pertinente establecer que:
1.- Por demanda de fs. 81 a 83, Rosaly Justiniano Heredia señala que por Minuta de 26 de septiembre de 1988, protocolizada por Instrumento Público No. 251/1990 en fecha 11 de septiembre de 1990 e inscrito en Derechos Reales el 22 de septiembre de 1990, adquirió el bien inmueble ubicado en la Zona Nor Este, U.V. 67 , Manzano 29, signado con el No. 4 con una extensión superficial de 432 m2, que hubiera sido según su versión, fraccionado por los loteadores, en dos partes, el manzano 20-A y el manzano 20-C, reduciendo la superficie original.
2.- Por otro lado, Antonio Zeballos Caisedo (esposo y padre de los demandados) en fecha 20 de enero de 1990, adquirió el inmueble de 365 m2, ubicado en la U.V. 67, manzana 20-C, Lote No. 2 Barrio San Jorge, de sus anteriores poseedores Juan Carlos Inturias Cadima y Fanny Barboza Méndez, incluidas construcciones y mejoras, posesión que habría sido adquirida a la vez a título oneroso de Justo Mallku Montero y Neysa Sossa de Mallku, y cuya posesión dataría del año 1983