Auto Supremo AS/0602/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0602/2016

Fecha: 09-Jun-2016

Existiría prueba que demuestra que se cumplió con todos los presupuestos que hacen procedente su

Existiría prueba que demuestra que se cumplió con todos los presupuestos que hacen procedente su demanda de usucapión, conforme establecería el art. 138 del Código Civil que concordaría con los arts. 87, 88, 106 y 110 todos del Código Civil, referido a la posesión quieta, libre, pacífica y continuada por más de 19 años y que en ese ejercicio de ese derecho habrían construido un inmueble apto para vivienda que cobija a su familia; que todas las mejoras hubieran sido introducidas por ellos, que nunca han perdido la posesión, prueba que no habría sido valorada por los jueces de instancia, lesionando el debido proceso, el principio de legalidad y justicia en su componente a la valoración razonable de la prueba, a la igualdad de las partes, vulneraciones que constituirían errores de derecho