Auto Supremo AS/0602/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0602/2016

Fecha: 09-Jun-2016

Que sin embargo el Auto de Vista contrariamente emitirían nueva resolución confirmando la Sentencia aplicando

Señala que el Tribunal Ad quem debió dictar resolución en el marco de lo establecido por el Auto Supremo de 8 de mayo de 2014 emitido por la Sala Civil Liquidadora que anuló llanamente el Auto de Vista que revocó la sentencia, declarando probada la demanda reconvencional de usucapión, y que esa resolución habría establecido que 1.- Se fundamente en relación a la falta de valoración de la prueba, respecto del A quo. 2.- Establezca con qué medios probatorios se demostraría que Rosaly Justiniano nunca estuvo en posesión del inmueble. 3.- Establezca con qué medios probatorios se demostraría la posesión continuada por más de diez años. 4.- Fundamente respecto a los actos judiciales a los que el A quo les reconoció idoneidad para dar por interrumpida la prescripción.
Que sin embargo el Auto de Vista contrariamente emitirían nueva resolución confirmando la Sentencia aplicando ilegalmente el art. 1503-1) del Código Civil, resolución que carecería de toda fundamentación atentando y violando el debido proceso y la tutela judicial efectiva porque no existiría fundamentación legal ni compulsa de las pruebas ni los antecedentes del proceso, incurriendo nuevamente en causal de nulidad, incumpliendo con lo dispuesto por la resolución suprema