Auto Supremo AS/0797/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0797/2017

Fecha: 25-Jul-2017

Con respecto a la demanda reconvencional interpuesta por la vendedora Ana Lucia Núñez del Prado

Con respecto a la demanda reconvencional interpuesta por la vendedora Ana Lucia Núñez del Prado Feeney, considera que la misma transfirió de buena fe su derecho propietario respaldada la misma con la posesión cedida a la firma del contrato de 09 de marzo de 2009, habiendo la demandante Jessica Karina López Dorado incurrido en la conducta prevista en el art. 554 numeral 4) del Código Civil, al emitir cheques sin fondos, cuando ambas partes dejaron presente en la cláusula segunda que eran para el “cobro inmediato”, lo que desvirtúa lo dicho en la Sentencia, de que no existiría prueba de que los mismo hubieran sido librados como pago del saldo de la venta; a ello agrega que la Sentencia de forma contradictoria al resolver la reconvencional le da valor real al contrato de 04 de septiembre de 2009, excluyendo solo el monto