Auto Supremo AS/1005/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1005/2018

Fecha: 05-Oct-2018

16

16.- Finalmente, en lo que respecta a que todos los actos y contratos a que hacen referencia los documentos de transferencia de tracto sucesivo del caso de Autos no necesariamente debían haberse realizado a través de instrumento público, es decir, no requerían los requisitos de forma del art. 549 num. 1) del CC, siendo que cumplen la norma prevista en el art. 492 del mismo cuerpo legal, con la validez y valor probatorio establecido en los arts. 1287 a 1290, 1296, 1297, 1309 y 1310 del CC; se tiene que es un argumento intrascendente al caso de Autos, toda vez que en el presente proceso ordinario los documentos privados observados fueron declarados nulos por su ilicitud y falsedad, aparte de la falta de cumplimiento de la forma establecida en la Ley del Notariado para su protocolización y posterior inscripción den registros de DD.RR (Punto III.5 del memorial de recurso de casación)