Auto Supremo AS/0873/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0873/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

Respecto al quinto motivo de apelación en el que el recurrente denunció


De la fundamentación expuesta, no se advierte falta de fundamentación que arguye el recurrente; puesto que, el Tribunal de alzada cumpliendo con los parámetros de fundamentación, expuso de forma expresa, clara, completa y lógica, que los delitos de Violación y Estupro evidentemente contienen cuestiones irreconciliables entre ambos como sus formas comisivas que lesionan el derecho a la libertad sexual; empero, ello no implicaba que los acusadores desde su percepción y bajo su responsabilidad acusen por ambos advirtiendo hipótesis comisivas en distintos momentos u otras circunstancias, pues la sola formulación de una hipótesis acusatoria no generaba vulneración al debido proceso. Además precisó, que en lo que concierne a la permisión del Tribunal de una acusación por el delito de Abandono de Mujer Embarazada, no conlleva a advertir que se trate de un hecho que en la etapa preparatoria no haya sido investigada, aspectos por los que desestimó el reclamo, que resultan suficientes en correspondencia a lo cuestionado; en cuyo efecto, no se advierte vulneración a derechos ni garantías constitucionales; toda vez, que el Auto de Vista impugnado resolvió el reclamo ajustando su actividad jurisdiccional a lo previsto por los art. 398 del CPP, deviniendo el presente punto del motivo en infundado.

Respecto al quinto motivo de apelación en el que el recurrente denunció:
Valoración defectuosa de la prueba y errónea aplicación del art. 171 del CPP, puesto que, la Sentencia había omitido valorar correctamente todas las pruebas literales y testificales como el CD, detalla las pruebas literales signadas como: MP1, MP3, MP4, MP5, MP8, MP9, MP11 y MP13, las testificales de Lucinda Vasquez, Frannie Cecilia Marin Uriona, Maclovio Quispe Quispe, Anahi Carla Chacón Castillo, José Lazarte, Adela Colque Huallpa, Ceci Margot Espada Estrada, pruebas que no referirían que su persona cometió el delito de Estupro ni Abandono de Mujer Embarazada y la prueba consistente en un CD de las grabaciones de las entrevistas a la víctima por la psicóloga confirma la ambigüedad y relata una Violación y no los otros delitos