Auto Supremo AS/0873/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0873/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

Violación al art


Violación al art. 370 inc. 6) del CPP, Sentencia basada en hechos inexistentes y no acreditados, ya que, en su parte Fundamentación fáctica, punto 2, señaló que entre su persona y la víctima existió una relación sentimental, sobre la que no existe prueba, pues de la declaración de la víctima nunca admitió una relación sentimental, sino una Violación, incluso la testigo Anahi Carla Chacón Castillo dijo que había visto introducirle a la fuerza a su auto, pensó que era su hermano, al día siguiente había mostrado varios moretones que tenía en su mano, la testigo Frannie Cecilia Marin Uriona, psicóloga del Ministerio Público manifestó contundentemente que la declaración de la víctima es moderadamente creíble, que no pudo determinar con claridad sobre la agresión sexual, pero dice que hubo amenazas, por lo que no se puede hablar de relación sentimental, no determinado qué tipo de relación había entre la víctima y su persona. Añade, que en los puntos 4) y 5) de la sentencia referente a la relación sentimental no existe prueba alguna que refiere ese extremo, señalando la víctima Violación, así como los testigos. Refiere que en el punto 3 de la Sentencia señala que su persona vivió en el inmueble de la víctima, aspecto que le resulta falso, además que no existe prueba alguna constituyendo ese hecho una falsedad ideológica al haber insertado datos falsos en la sentencia. Por otra parte, en la Fundamentación intelectiva, punto 3 de la Sentencia señaló que su persona en su condición de funcionario policial tenía pleno conocimiento de su actuar, “valorándose también que él mismo era casado”, no existiendo prueba alguna que era casado, siendo su persona soltero