Auto Supremo AS/1217/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1217/2019

Fecha: 27-Nov-2019

6)Vulneración, interpretación errónea y aplicación indebida de los arts

Adicionalmente en cuanto a las cartas notariadas de fechas 16 de junio de 2009 y 27 de septiembre de 2010, contempladas en el punto dos del tercer considerando del Auto de Vista, atribuyen que el Tribunal ad quem incurrió en error de derecho en la apreciación de la prueba, ya que de su parte habrían demostrado la interrupción de la prescripción adquisitiva, desvirtuando que la demandada no tuvo la posesión libre, continua y pacifica sobre el inmueble, y si se pretende cuestionar el diligenciamiento y entrega de las cartas, ésta debería dirigirse en contra del Notario de Fe Pública mediante el proceso pertinente.
6)Vulneración, interpretación errónea y aplicación indebida de los arts. 89, 1387 y 1503.II del Código Civil