Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1217/2019
Fecha: 27-Nov-2019
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Partes: Renato Edgar Ponce de León Otalora y Mery Graciela Rotunno Casasola de Ponce
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Proceso: Acción Reivindicatoria y Usucapión decenal o extraordinaria
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Distrito: La Paz
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Contra la referida Resolución, Ana María Luz Rodrigo Severiche interpuso el recurso de apelación, por
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La parte recurrente arguye que el Auto de Vista infringió el art
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No obstante, aprovechó y cumplió parcialmente los derechos emergentes del señalado acuerdo al reservarse y
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Acusan que pese a que el mencionado Acuerdo Transaccional tiene validez produciendo efectos, aludiendo
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4)Infracción del art
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Asimismo aluden que este hecho cobra relevancia, debido a la confesión judicial de la demandada
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Añaden que en el punto dos del tercer considerando del Auto de Vista recurrido, el
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6)Vulneración, interpretación errónea y aplicación indebida de los arts
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Los impetrantes manifiestan reiteradamente que la usucapión decenal fue interrumpida por la parte demandante a
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Que, de acuerdo al art
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De la revisión de obrados se establece que corrido en traslado el recurso de casación,
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No existe vulneración a ninguna norma y que por el contrario el recurso de casación
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Niega que se haya incurrido en una interpretación errónea, aplicación indebida de la ley,
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Manifiesta que las aseveraciones de los recurrentes buscan justificar las ilegales e infundadas afirmaciones
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Con relación al Acuerdo Transaccional, añade que, al haber sido suscrito entre su persona y
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Sobre la infracción a los arts
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III.1.- De la usucapión
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En relación con lo señalado la línea jurisprudencial consolidada por este Tribunal en el Auto
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III.2.- Sobre los presupuestos de la usucapión decenal o extraordinaria
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La usucapión es un modo de adquirir la propiedad por haberla poseído durante el tiempo
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En ese orden, en lo referente a la usucapión decenal o extraordinaria, respecto al primer
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Ahora bien, en cuanto al segundo presupuesto, se tiene que el elemento esencial en este
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Finalmente, en el caso de que se acredite que existe posesión en sus dos elementos,
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III.3.- De la prescripción
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Sobre el tema en el Auto Supremo No 271/ 2017 de fecha 9 de marzo
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En ese marco, la doctrina establece dos presupuestos para la prescripción, al respecto Díez-Picazzo y
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En virtud a lo expuesto, la prescripción para surtir el efecto extintivo del derecho debe
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Y en cuanto al comienzo de la prescripción el art
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Al respecto el A
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Según anota el autor Carlos Morales Guillén, la suspensión de la prescripción detiene el curso
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El citado autor Luis Moisset de Espanés, señala que uno de los problemas más serios
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El art
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Respecto a la ineficacia de la interrupción el art
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Asimismo el Auto Supremo Nº 1061/2017 de 5 de octubre señala: “Tanto la usucapión quinquenal
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En este entendido, uno de los casos en que puede operar la interrupción de la
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Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal de Justicia a través del Auto Supremo Nº 1075/2015
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Establecido lo anterior, se concluye que las reglas de interrupción previstas por el art
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Dentro de nuestra legislación, el art
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Es así que el art
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Cuyas interpretaciones han sido identificadas en párrafos anteriores, y
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Similar criterio ha sido sostenido por este Tribunal, a través del Auto Supremo N° 325/2019
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Igual sentido se dió a las cartas notariadas, en el Auto Supremo No
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Asimismo, dentro de la doctrina peruana, se solía distinguir la interrupción en civil y
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III.6. De la valoración de la prueba
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En el Auto Supremo Nº 37/2017 de 4 de enero, se desarrolló la doctrina respecto
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En el Auto Supremo Nº 629/2014 de 31 de octubre como línea jurisprudencial se ha
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CONSIDERANDO IV
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Con relación a los motivos contenidos en los numerales 1), 2) 3), 4) y 6)
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La parte recurrente arguye que el Auto de Vista infringió las citadas normas, ante la
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Asimismo, alude a una confesión judicial argumentando que no operó la prescripción adquisitiva del inmueble,
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Añadiendo reiteradamente que la usucapión decenal fue interrumpida a raíz de la suscripción del
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Con base en estos justificativos y a efectos de brindar un panorama que revele si
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En ese sentido, de la revisión de obrados se establece que por memoriales
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Admitida la demanda y corrida en traslado, la demandada Ana María Luz Rodrigo Severiche
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Tramitada la causa el Juez a quo, dictó la Sentencia N° 442/2018 de 26 de
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Ahora bien, considerando que en el recurso de casación de forma incisiva hace referencia a
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Resulta evidente que la suscribiente (demandada) reconoció el derecho propietario que le asiste a los
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Bajo ese contexto, respecto a la denuncia de violación del art
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En cuanto a las denuncias de aplicación indebida e interpretación errónea de los arts
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Sobre el particular, considerando que el art
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Se advierte que el Auto de Vista impugnado, limita los alcances de la eficacia del
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Asimismo, el tribunal de alzada circunscribe su actuación a la observación del alcance del acuerdo
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De la revisión de antecedentes se extrae que es evidente que en la Cláusula Sexta
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Respecto a la acusación de vulneración, interpretación errónea y aplicación indebida de los arts
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Se debe tener en cuenta que la detentación, es concebida como: “el contacto físico
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Añadido el hecho de que la detentación por más que sea prolongada, no se extingue
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Y, si bien el art
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Por consiguiente, en el caso de autos, al encontrarse la demandada en calidad
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De la revisión de antecedentes, consta en obrados, los formularios de recaudaciones por pago de
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En cuanto a las cartas notariadas de 16 de junio de 2009 y 27 de
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Ahora bien, asumiendo la tesis de que haya existido una posible posesión del inmueble por
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Adicionalmente se incumplió el tercer presupuesto señalado, a raíz de que los demandantes propietarios del
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Por lo que el Tribunal de alzada, además de no percatarse de la carencia de
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El Tribunal ad quem, no tuvo en cuenta que de acuerdo a la doctrina: “Por
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Criterio que es asumido a través del art
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Por dichos motivos, es evidente que el Tribunal ad quem no ha efectuado un correcto
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Corresponde señalar que el recurso de casación fue admitido mediante el Auto Supremo Nº 1049/2019-RA
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Sumado al hecho toda la prueba adjuntada por las partes, la demandada reconvencionista no ha
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Correspondiendo en ese sentido emitir resolución conforme lo establece el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Siendo excusable el error no se impone multa a las autoridades suscribientes del Auto de
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
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