Auto Supremo AS/0226/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0226/2019-RRC

Fecha: 15-Abr-2019

El Auto de Vista 66/2014 de 26 de agosto, fundamenta para aplicar el art


El Auto de Vista 66/2014 de 26 de agosto, fundamenta para aplicar el art. 413 del CPP modificando la Sentencia y la pena impuesta en el entendido que: 1. “…el Tribunal de Sentencia a tiempo de determinar la pena, ha incurrido en el defecto previsto por el art. 370 num. 1 del CPP, pues se advierte que no se hizo una correcta aplicación del art. 45 del CP…”; sustentando que no se hubiera hecho una correcta determinación de las atenuantes en los alcances de los arts. 37, 38 y 40 del CP, particularmente sobre la aplicación del art. 38 del CP, donde no se consideró que las imputadas al momento del hecho ejercían funciones jerárquicas en el GAM Sapahaqui; además de tener que considerarse la aplicación del art. 45 del CP respecto al concurso de delitos, correspondiendo aumentar la pena –inclusive-. 2. Refiere el Auto de Vista que a pesar haber sido anuladas las actuaciones de las acusadas y dejada sin efecto la designación de Graciela Villca Soto, se continuó efectuando una serie de actos, como la emisión del Cheque 1322 de 20 de febrero por la suma de 10000 bs., a nombre de Graciela Villca Soto, existiendo elementos de convicción que no fueron compulsados debidamente por el Tribunal de Sentencia referidos al Peculado, apropiándose de dineros; que por su parte la acusada Josefina Beatriz Duran, consintió la emisión del Cheque 1322, incurriendo en complicidad de Peculado