Auto Supremo AS/0226/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0226/2019-RRC

Fecha: 15-Abr-2019

Entonces, si la pena más grave por la existencia del concurso real de delitos era


Entonces, si la pena más grave por la existencia del concurso real de delitos era la prevista por el delito de Peculado (art.142 CP), establecido en el Auto de Vista, en aplicación del art. 45 del CP, correspondía aplicar la sanción de acuerdo al quantum correspondiente para el delito de Peculado e inclusive incrementando hasta la mitad sobre la pena impuesta, que como se señaló tiene una pena máxima de 8 años –sin las modificaciones legislativas-; y, haciendo el cómputo de la pena, la de 8 años impuesta por el Tribunal de alzada, ante la concurrencia del delito de Peculado, respondió a la previsión del art. 45 del CP y la correcta fundamentación de las circunstancias del hecho