Auto Supremo AS/0226/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0226/2019-RRC

Fecha: 15-Abr-2019

La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la parte querellante (fs


La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la parte querellante (fs. 892 a 893 vta.), el Ministerio Público (fs. 895 a 899) y las imputadas (fs. 901 a 907), mereciendo el pronunciamiento del Auto de Vista 316/2012 de 9 de octubre; que fue dejado sin efecto, por Auto Supremo 53/2014 de 5 de marzo (fs. 1048 a 1061 vta.); en cuyo mérito, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 66/2014 de 26 de agosto (fs. 1066 a 1076), que declaró admisibles los recursos y procedentes los argumentos del Ministerio Público y del Gobierno Autónomo Municipal de Sapahaqui e improcedente el recurso de las acusadas; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada y su Auto Complementario; empero, realizó las siguientes modificaciones: Declaró a: 1) Graciela Villca Soto de Alanoca, al margen de los delitos atribuidos, también autora del delito de Peculado, previsto en el art. 142 del CP y en aplicación del art. 45 del mismo cuerpo legal, modificó la sanción, imponiendo la pena de ocho años de presidio; y, 2) Josefina Beatriz Durán Ramírez, al margen de los delitos atribuidos, también responsable del delito de Peculado, sancionado por el art. 142 del CP, en grado de Complicidad, concordante con el art. 23 del CP; y con la facultad prevista por el art. 45 del citado cuerpo normativo, modificó la sanción, imponiendo la pena de cuatro años de reclusión; y, finalmente confirmó la Resolución 165/2011 de 24 de mayo, así como el Auto de 2 de febrero de 2012