Auto Supremo AS/0383/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0383/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

II.3.Del Auto de Vista impugnado


Nulidad de la Sentencia por violación del debido proceso en la vertiente de legalidad, causando defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, puesto que, actuó en forma ilegal, yendo en contra de la Convención Americana de Derechos Humanos art. 8, además de los arts. 115.II, 119.I y 180.I de la CPE, al no haber realizado una aplicación objetiva de la Ley aplicable al caso concreto, toda vez, que ha ignorado normas sustantivas y adjetivas, como los arts. 1300 del CC, 306.I núm. 2) inc. a); y, 157.I y II del CPC, que refieren que la persona ante quien se opone un documento privado a efectos de que reconozca su firma o rúbrica se encuentra obligado a confesar de manera formal y solemne si dicha firma le corresponde o no, requisito de formalidad que se encuentra cumplido, ya que, en el proceso preliminar de reconocimiento de firma, se le tomó juramento a la imputada y estaba obligada a decir la verdad, extremo que evidencia la vulneración del principio de legalidad, que emerge en la sanción no solo de pagar las costas de la pericia, sino también la comisión de los delitos de Falso Testimonio por haber declarado en falso dentro de un proceso judicial civil, como en Falsedad Ideológica al hacer insertar a un funcionario público declaraciones falsas en un instrumento público verdadero, como lo es el acta de reconocimiento de firmas, causándole un perjuicio económico y procesal.

II.3.Del Auto de Vista impugnado