ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 27/2021 Y SU ACUMULADA 30/2021. PODER EJECUTIVO FEDERAL Y COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 18 DE NOVIEMBRE DE 2021. PONENTE: ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIO: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 27/2021 Y SU ACUMULADA 30/2021. PODER EJECUTIVO FEDERAL Y COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 18 DE NOVIEMBRE DE 2021. PONENTE: ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIO: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS.

Fecha: 09-Sep-2022

E Los Usufructuarios Usuarios Y Habituarios Y

"f) Los fedatarios y registradores, que no se cercioren del cumplimiento del pago del impuesto predial, antes de intervenir, autorizar y registrar operaciones que se realicen sobre los predios."

"Artículo 147. Los sujetos del impuesto, están obligados a manifestar a la Tesorería Municipal, su domicilio para oír notificaciones, aún las de carácter personal, en el Municipio donde se encuentre ubicado el inmueble.

"En caso de cambio de domicilio, lo manifestarán dentro de los treinta días hábiles siguientes a aquel en que ocurra.

"Si no lo hicieren, se tendrá como domicilio para los efectos de este impuesto, el que hubieren señalado anteriormente o en su defecto, el predio mismo.