ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 27/2021 Y SU ACUMULADA 30/2021. PODER EJECUTIVO FEDERAL Y COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 18 DE NOVIEMBRE DE 2021. PONENTE: ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIO: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS.
Fecha: 09-Sep-2022
Tema Vi Multas Por Dormir En La Vía Pública
123. En el quinto concepto de invalidez, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos argumenta que las disposiciones que prevén multas por dormir en la vía pública vulneran los derechos de igualdad y no discriminación porque producen un efecto de discriminación indirecta en perjuicio de las personas que, por sus condiciones particulares, tienen la necesidad de pernoctar en la vía pública.
124. El argumento sintetizado resulta fundado. Para explicar lo anterior, conviene precisar que el Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha invalidado disposiciones como las analizadas en este apartado. Recientemente, en la acción de inconstitucionalidad 47/2019 y su acumulada 49/2019,(63) en la que se estudiaron diversos artículos de las Leyes de Ingresos Municipales del Estado de Morelos, para el ejercicio fiscal de 2019.
125. En tal precedente el Tribunal Pleno determinó que es inconstitucional sancionar a las personas que duerman en lugares públicos por dos razones: la primera, porque dormir constituye una necesidad fisiológica y, la segunda, debido a que genera un trato discriminatorio que perjudica a las personas en situación de calle o sin hogar.
126. Dicha conclusión se sustentó en que, si bien las normas cuestionadas estaban redactadas en términos neutrales, lo cierto era que producían un efecto discriminatorio en perjuicio de las personas carentes de un hogar propio, de donde derivaba la necesidad de reconocer la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran tales personas.
127. Adicionalmente, se expuso que conforme al criterio de la Primera Sala de este Alto Tribunal la discriminación puede generarse no sólo por tratar a personas iguales de forma distinta, o bien, por ofrecer igual trato a quienes están en situaciones diferentes, sino que también de manera indirecta cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutral ubica a un grupo social específico en clara desventaja frente al resto. Criterio contenido en la jurisprudencia 1a./J. 100/2017 (10a.), que establece:
"DISCRIMINACIÓN INDIRECTA O POR RESULTADOS. ELEMENTOS QUE LA CONFIGURAN. Del derecho a la igualdad previsto en el artículo 1o. de la Constitución Federal y en diversos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos ratificados por el Estado Mexicano, se desprende que la discriminación puede generarse no sólo por tratar a personas iguales de forma distinta, o por ofrecer igual tratamiento a quienes están en situaciones diferentes; sino que también puede ocurrir indirectamente cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutral ubica a un grupo social específico en clara desventaja frente al resto. En este sentido, los elementos de la discriminación indirecta son: 1) una norma, criterio o práctica aparentemente neutral; 2) que afecta negativamente de forma desproporcionada a un grupo social; y 3) en comparación con otros que se ubiquen en una situación análoga o notablemente similar. De lo anterior se desprende que, a fin de que un alegato de discriminación indirecta pueda ser acogido, es indispensable la existencia de una situación comparable entre los grupos involucrados. Este ejercicio comparativo debe realizarse en el contexto de cada caso específico, así como acreditarse empíricamente la afectación o desventaja producida en relación con los demás. Por su parte, a fin de liberarse de responsabilidad, el actor acusado de perpetrar el acto discriminatorio debe probar que la norma no tiene sólo una justificación objetiva sino que persigue un fin necesario."(64)
128. A partir de lo antes expuesto, el Tribunal Pleno concluyó que las normas que sancionan administrativamente por dormir en la vía pública producen un efecto de discriminación indirecta que afecta negativamente y de forma desproporcional a las personas que, por sus condiciones particulares, tienen la necesidad de pernoctar en esas circunstancias.
129. También se determinó que es evidente que la sanción por dormir en la vía pública no encuentra fundamento objetivo en materia de política pública de los Municipios cuyas leyes de ingresos eran materia de análisis, porque incluso atendiendo a los antecedentes legislativos de las normas no se preveía alguna justificante para sancionar a aquellas personas que, por cualquier circunstancia, tengan la necesidad de pernoctar en la vía pública.
130. Partiendo de las anteriores premisas, se procede a examinar la constitucionalidad de los apartados impugnados, los cuales señalan:
132. No pasa inadvertido que los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado de Chihuahua en sus informes argumentaron que las normas no son discriminatorias, sino que tienen como propósito brindar seguridad y bienestar a los gobernados, ya que en la entidad se presentan bajas temperaturas que ponen en riesgo la vida de las personas que llegan a dormir en lugares públicos.
133. Al respecto, este Alto Tribunal advierte que, si bien en el Estado de Chihuahua se presentan bajas temperaturas que podrían poner en riesgo la vida de las personas que duermen en la vía pública, lo objetivamente cierto es que tal situación no es una justificación suficiente para establecer multas a las personas que lo hagan, precisamente, por la discriminación indirecta que causan.
134. Máxime que podría considerarse contradictorio sostener, por una parte, que se busca el bienestar de las personas en situación de calle y, por otra, pretender que paguen una multa de entre $135.00 pesos (ciento treinta y cinco pesos, 00/100 moneda nacional) y $1,129.44 (mil ciento veintinueve pesos, 44/100 moneda nacional) equivalente a trece Unidades de Medida y Actualización.
136. Por lo antes expuesto, debe declararse la invalidez de los apartados IV, numeral 1, inciso a), en el rubro relativo a las faltas o infracciones contra las buenas costumbres y la integridad moral del individuo y de la familia, que indica "Dormir en lugares públicos", de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Allende; IV.5, fracción XI, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Jiménez y IV.2, artículo 6, fracción X, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Saucillo, todos del Estado de Chihuahua, para el ejercicio fiscal de dos mil veintiuno.
- Resultando
- Cobros Por Servicio De Alumbrado Público Primer Concepto De Invalidez
- Cobros Por Reproducción De Información Pública Segundo Concepto De Invalidez
- Cobro De Derechos Por Permisos Para Realizar Eventos Sociales Cuarto Concepto De Invalidez
- Multas Por Dormir En La Vía Pública Quinto Concepto De Invalidez
- Cobros Por Registro De Nacimiento Extemporáneo Sexto Concepto De Invalidez
- Respecto A Los Impuestos Adicionales
- Respecto A Los Cobros Por Servicio De Alumbrado Público
- Respecto A Los Cobros Por Reproducción De Información Pública
- Respecto A Los Permisos Para Realizar Eventos Sociales
- Respecto A Las Multas Por Dormir En La Vía Pública
- Respecto A Los Cobros Por Registro De Nacimiento Extemporáneo
- Respecto A La Improcedencia De La Acción De Inconstitucionalidad
- Considerando
- Tema I Impuestos Adicionales
- Ley De Ingresos Del Municipio De Ahumada Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Sobre Traslación De Dominio De Bienes Inmuebles
- Ley De Ingresos Del Municipio De Aldama Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- A Impuestos
- Ley De Ingresos Del Municipio De Allende Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Aquiles Serdán Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Capítulo I De Los Impuestos
- Ley De Ingresos Del Municipio De Ascensión Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Bachíniva Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Balleza Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Bocoyna Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Camargo Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Carichí Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Impuestos
- Ley De Ingresos Del Municipio De Casas Grandes Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Chínipas Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Coronado Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Coyame Del Sotol Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Cuauhtémoc Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Artículo Se Considera Contribución Extraordinaria Lo Siguiente
- Ley De Ingresos Del Municipio De Delicias Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De El Tule Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Artículo Se Consideran Contribuciones Extraordinarias Las Siguientes
- Ley De Ingresos Del Municipio De Gómez Farías Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Gran Morelos Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Guachochi Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Guadalupe Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- I Impuestos Y Contribuciones
- Ley De Ingresos Del Municipio De Guadalupe Y Calvo Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Guazapares Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Hidalgo Del Parral Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Huejotitán Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Janos Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Jiménez Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Juárez Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Julimes Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De La Cruz Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De López Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Madera Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Maguarichi Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Manuel Benavides Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Matachí Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Matamoros Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Meoqui Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Morelos Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Moris Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Namiquipa Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Nonoava Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Nuevo Casas Grandes Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Ocampo Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Ojinaga Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Praxedis G Guerrero Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Riva Palacio Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Rosales Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Rosario Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De San Francisco De Borja Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Santa Bárbara Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Santa Isabel Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Satevó Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- B Impuestos Sobre Patrimonio
- Ley De Ingresos Del Municipio De Saucillo Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Temósachic Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Urique Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Uruachi Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- Ley De Ingresos Del Municipio De Valle De Zaragoza Chihuahua Para El Ejercicio Fiscal De
- E Tasa Adicional Para Los Impuestos Predial Y Sobre Traslación De Dominio De Bienes Inmuebles
- Estructura Normativa De Las Normas Impugnadas
- Tasa Adicional Para Los Impuestos Predial Y Sobre Traslacion De Dominio De Bienes Inmuebles
- I La Propiedad O Posesión De Predios Urbanos Suburbanos Y Rústicos
- A Los Propietarios Y Poseedores De Predios Urbanos Suburbanos Y Rústicos
- Iii Con Responsabilidad Solidaria
- B Los Comisariados Ejidales O Comunales En Los Términos De La Legislación Agraria
- E Los Usufructuarios Usuarios Y Habituarios Y
- Sección Ii De La Base Y Tasa
- I Predios Urbanos
- Al Millar
- El Impuesto Predial Se Calculará Con El Siguiente Procedimiento Aritmético
- Iii Para Fundos Mineros La Tasa De Al Millar
- Sección Iii De Las Exenciones
- Sección Iv Del Pago
- Sección I Objeto Sujeto Base Y Tasa
- Artículo Para Los Efectos De Este Impuesto Se Entiende Por Adquisición La Que Derive De
- V La Fusión De Sociedades
- Viii La Prescripción Positiva
- X Enajenación A Través Del Fideicomiso
- Artículo Será Base Gravable Del Impuesto Lo Que Resulte Mayor De
- Iii El Valor Del Inmueble Señalado En El Acto De Adquisición
- Sección Ii Declaraciones Y Pago Del Impuesto
- I Cuando Se Adquiera O Transmita El Usufructo O Nuda Propiedad O Se Extinga Aquél
- Iii Tratándose De Adquisiciones Efectuadas A Través De Fideicomisos
- Iv Cuando Se Declare Firme La Sentencia Definitiva De Adquisición Por Prescripción
- Se Presentará Declaración Por Todas Las Adquisiciones Aun Cuando No Haya Impuesto A Enterar
- X Base Y Cálculo Del Impuesto
- C Conclusión Respecto De Ambas Categorías
- Tema Iii Cobros Por Reproducción De Información Pública
- Tema Iv Sanciones Por Insultos U Ofensas A La Autoridad O Determinado Sector De La Sociedad
- Tema V Cobro De Derechos Para Realizar Eventos Sociales
- Tema Vi Multas Por Dormir En La Vía Pública
- Tema Vii Cobros Por Registro De Nacimiento Extemporáneo
- Por Lo Expuesto Y Fundado Este Tribunal Pleno De La Suprema Corte De Justicia De La Nación
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Sexto
- Citado Al Pie De Página Número
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- A Energía Eléctrica
- Resuelta En Sesión De Ocho De Octubre De Dos Mil Veinte Por Unanimidad De Votos
- Resuelta En Sesión De Veintinueve De Octubre De Dos Mil Veinte Por Unanimidad De Votos
- Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
- Artículo Son Obligaciones De Los Mexicanos
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Ii Los Preceptos Que La Fundamenten
- Vi En Su Caso El Término En El Que La Parte Condenada Deba Realizar Una Actuación