ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 27/2021 Y SU ACUMULADA 30/2021. PODER EJECUTIVO FEDERAL Y COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 18 DE NOVIEMBRE DE 2021. PONENTE: ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIO: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 27/2021 Y SU ACUMULADA 30/2021. PODER EJECUTIVO FEDERAL Y COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 18 DE NOVIEMBRE DE 2021. PONENTE: ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIO: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS.

Fecha: 09-Sep-2022

En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero

Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Piña Hernández separándose de los párrafos cien, parte segunda, y ciento cuatro, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de las consideraciones, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, en su tema II, denominado "Cobros por servicio de alumbrado público", consistente en reconocer la validez de los apartados II.10, punto 3, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Aldama, II.8, punto 3, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Balleza, II.8, inciso a), punto 3, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de El Tule, II.10, punto 3, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Rosario y II.8, punto 3, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de San Francisco de Conchos, para el ejercicio fiscal 2021 del Estado de Chihuahua, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta de diciembre de dos mil veinte.

Se aprobó por mayoría de seis votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Ríos Farjat, Laynez Potisek y Pérez Dayán, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, en su tema III, denominado "Cobros por reproducción de información pública", consistente en reconocer la validez de los apartados II.4, numeral 10, numerales 10.1, 10.2 y 10.4, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Allende, II.4, inciso a), numerales 1 y 2, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Casas Grandes, del grupo 7.2, incisos d) y e), de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Cuauhtémoc y II.11, numeral 18, incisos a) y b), de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Saucillo, para el ejercicio fiscal 2021 del Estado de Chihuahua, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta de diciembre de dos mil veinte. La señora Ministra y los señores Ministros Franco González Salas, Piña Hernández y presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra.

Se aprobó por mayoría de siete votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de las consideraciones, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, en su tema III, denominado "Cobros por reproducción de información pública", consistente en reconocer la validez de los apartados II.4, numeral 10, numeral 10.3, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Allende y II.8, numeral 12, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Rosario, para el ejercicio fiscal 2021 del Estado de Chihuahua, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta de diciembre de dos mil veinte. El señor Ministro Franco González Salas y la señora Ministra Piña Hernández votaron en contra.

Se aprobó por mayoría de seis votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Franco González Salas, Aguilar Morales, Ríos Farjat, Laynez Potisek y Pérez Dayán, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, en su tema V, denominado "Cobro de derechos para realizar eventos sociales", consistente en reconocer la validez de los apartados II.9, numeral 20, incisos del a) al d), de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Hidalgo del Parral y II.14, numeral 6, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Madera, para el ejercicio fiscal 2021 del Estado de Chihuahua, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta de diciembre de dos mil veinte. Las señoras Ministras Esquivel Mossa y Piña Hernández y el señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra.