ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 27/2021 Y SU ACUMULADA 30/2021. PODER EJECUTIVO FEDERAL Y COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 18 DE NOVIEMBRE DE 2021. PONENTE: ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIO: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 27/2021 Y SU ACUMULADA 30/2021. PODER EJECUTIVO FEDERAL Y COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 18 DE NOVIEMBRE DE 2021. PONENTE: ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIO: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS.

Fecha: 09-Sep-2022

En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo

Se expresó una mayoría de seis votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Ríos Farjat, Laynez Potisek y Pérez Dayán, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, en su tema II, denominado "Cobros por servicio de alumbrado público", consistente en declarar la invalidez del apartado II.9, inciso a), de la Tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Isabel, para el ejercicio fiscal 2021 del Estado de Chihuahua, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta de diciembre de dos mil veinte. La señora Ministra y los señores Ministros Aguilar Morales, Piña Hernández y presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra.

Se expresó una mayoría de siete votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de las consideraciones, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, en su tema III, denominado "Cobros por reproducción de información pública", consistente en declarar la invalidez de los apartados II.4, numeral 4, inciso c), de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Balleza, II.4, inciso d), numeral 3, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de El Tule, II.9.17, inciso b), de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Guerrero, II, numeral 3, sección a, subapartado a.2.18, inciso c), de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Nuevo Casas Grandes y II.8, numerales 10, subnumeral 10.4, y 13, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Rosario, para el ejercicio fiscal 2021 del Estado de Chihuahua, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta de diciembre de dos mil veinte. Los señores Ministros Franco González Salas y Pérez Dayán votaron en contra. Se expresó una mayoría de seis votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Piña Hernández y Ríos Farjat, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, en su tema IV, denominado "Sanciones por insultos u ofensas a la autoridad o determinado sector de la sociedad", consistente en declarar la invalidez del apartado IV, numeral 1, inciso a), en su porción normativa "así como proferir insultos", de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Allende, para el ejercicio fiscal 2021 del Estado de Chihuahua, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta de diciembre de dos mil veinte. Los señores Ministros Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra.

Se expresó una mayoría de seis votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Franco González Salas, Aguilar Morales, Piña Hernández, Ríos Farjat y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de las consideraciones, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, en su tema IV, denominado "Sanciones por insultos u ofensas a la autoridad o determinado sector de la sociedad", consistente en declarar la invalidez de los apartados IV, numeral 1, inciso a), en sus porciones normativas "Expresarse con palabras obscenas o hacer señas o gestos obscenos o indecorosos en lugares públicos" y "Faltar al respeto a las personas, en especial faltar a la consideración que se debe a los niños, ancianos y personas con capacidades diferentes", de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Allende y IV.5, fracciones I y V, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Jiménez, para el ejercicio fiscal 2021 del Estado de Chihuahua, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta de diciembre de dos mil veinte. La señora Ministra Esquivel Mossa y los señores Ministros Laynez Potisek y Pérez Dayán votaron en contra.

Se expresó una mayoría de seis votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Piña Hernández y Ríos Farjat, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, en su tema IV, denominado "Sanciones por insultos u ofensas a la autoridad o determinado sector de la sociedad", consistente en declarar la invalidez del apartado IV.2, fracción VIII.11, de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Bachíniva, para el ejercicio fiscal 2021 del Estado de Chihuahua, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta de diciembre de dos mil veinte. Los señores Ministros Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra.

Se expresó una mayoría de siete votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Piña Hernández, Ríos Farjat y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de las consideraciones, respecto del considerando sexto, relativo al estudio de fondo, en su tema IV, denominado "Sanciones por insultos u ofensas a la autoridad o determinado sector de la sociedad", consistente en declarar la invalidez de los apartados IV.4, en su porción normativa "Expresarse con palabras obscenas o hacer señas o gestos obscenos o indecorosos en lugares públicos", de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Bachíniva y IV.2, artículo 6, fracción I), de la tarifa anexa a la Ley de Ingresos del Municipio de Saucillo, para el ejercicio fiscal 2021 del Estado de Chihuahua, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el treinta de diciembre de dos mil veinte. Los señores Ministros Laynez Potisek y Pérez Dayán votaron en contra.

Dado el resultado obtenido, el Tribunal Pleno determinó desestimar el planteamiento consistente en declarar la invalidez de los preceptos referidos, al no alcanzar una mayoría calificada, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 105, fracción II, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 72 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.